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El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama) ha sacado a información pública el borrador del Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Planificación Hidrológica en lo relativo a la elaboración, aprobación y modificación de los planes de sequía, así como en relación con la definición del sistema global de indicadores de sequía prolongada y escasez.
La modificación del actual Reglamento de Planificación pretende recoger con el rango normativo adecuado que proporciona un real decreto los criterios comunes de aplicación que deberán tener en cuenta todos los organismos de cuenca en la aprobación de los planes de sequía de sus respectivas demarcaciones. Al tiempo establece la adecuada definición del sistema global de indicadores que será de general aplicación para evitar distorsiones en el tratamiento de la sequía en cada territorio.
Además, esta modificación proporcionará el marco adecuado para acometer la futura revisión de los planes especiales ante situaciones de sequía de cara al tercer ciclo de planificación, garantizando así la coherencia entre ambos instrumentos.
La modificación del Reglamento se centra en dos aspectos:
En concreto, la modificación que sale a información pública permitirá diagnosticar claramente y de forma diferenciada las situaciones de sequía prolongada y escasez y concretará los trámites a llevar a cabo para la aprobación de los planes de sequía, en particular en relación con la participación pública o la intervención de los órganos colegiados.
La modificación del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba del Reglamento de Planificación Hidrológica permanecerá en información pública hasta el 22 de marzo de 2018 para que todos los interesados puedan presentar las propuestas o sugerencias que estimen oportunas.