25 de octubre, 2024
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El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado el texto inicial de la ordenanza de aguas grises, que ahora debe pasar por la Comisión de Ecologia y Urbanismo y aprobarse de forma definitiva en el Plenari. La propuesta, que proviene de un proceso participativo y que recoge una gran mayoría de las 150 mejoras enviadas, prevé que se incorpore un sistema de recuperación de aguas grises en toda obra nueva y grandes rehabilitaciones de más de 16 viviendas o que tengan un consumo de más de 730 m3 al año en duchas y bañeras.

Recordamos que las aguas grises son las aguas que se generan al ducharse o bañarse y que, con un sistema de recogida y tratamiento adecuado, se pueden recuperar para otros usos como llenar las cisternas del WC.

El sistema de reaprovechamiento reduce el consume de agua potable un 33% en usos residenciales y representa un potencial anual de ahorro de 136.000 m3 anuales de agua potable para el conjunto de la ciudad de Barcelona. Según datos del Ayuntamiento de Barcelona, una vivienda de 4 personas genera unos 200 litros de aguas grises al día que, en caso de disponer de un sistema de reaprovechamiento, se podrían utilizar para llenar las cisternas de los inodoros. Cada persona gasta una media de unos 35 litros de agua diaria con descargas de la cisterna. En términos económicos supondría un ahorro de 185 euros anuales para cada vivienda.

La nueva normativa establece los criterios técnicos para aprovechar las aguas grises con garantía de calidad y de forma sostenible. Este sistema de reutilización se deberá poner en los siguientes casos: 

  • Edificios de uso residencial de 16 viviendas o más de nueva construcción o en el caso de gran rehabilitación, siempre que haya una sustitución del edificio, aunque se pueda mantener la fachada o algún elemento estructural.
  • Para edificios del resto de usos siempre que tengan un consumo igual o superior a 730 m3 de agua. Sean edificios de nueva construcción o rehabilitaciones que suponen una actuación global en todo el edificio y que implique algunas de las siguientes actuaciones: incremento de volumen o techo edificable, incremento del número de unidades funcionales existentes anteriormente, cambio de uso principal, redistribución general del espacio o sustitución del edificio aunque se mantenga la fachada o algún elemento estructural.

Quedan fuera del ámbito de esta ordenanza los centros hospitalarios, sanitarios, sociosanitarios, guarderías y edificios que ja prevén el uso de agua regenerada.

La nueva normativa es una herramienta más en el marco del Plan Clima de Barcelona para reducir el consumo de agua potable y convertirla en una ciudad resiliente ante los efectos negativos del cambio climático. También incluye otras medidas como la limpieza de calles con agua freática o la ampliación de la red de agua freática con el objetivo de disponerla para riego.

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